Ayudas al alquiler 2018. Los Inquilinos arrendatarios de Los Corrales de Buelna están de enhorabuena.

En un municipio como Los Corrales de Buelna en el que el 99% de los alquileres tienen una renta establecida inferior a 500 € y en el que además hay un elevadísimo número de viviendas de protección oficial, las familias y unidades de convivencia  que han optado por alquilar un piso, una casa o un chalet para fijar en ellas su residencia habitual y permanente; van a poder beneficiarse de unas ayudas alquiler que les van a cubrir hasta el 40% de la renta, sin prácticamente tener ningún gasto fiscal.

El Gobierno de Cantabria ha aprobado el Decreto 4/2018, de 1 de febrero por el que se regulan las ayudas al alquiler de vivienda en Cantabria, para el ejercicio 2018. Es esta norma transitoria para regular las ayudas al alquiler, debido a que la norma que las regulaba con anterioridad, que era el Decreto 12/2014 ya está agotada y a que el nuevo Plan de Vivienda de Cantabria no se ha terminado de redactar aún.

El nuevo decreto prevé que las subvenciones para el pago del alquiler se concedan de forma directa durante todo el periodo de vigencia de la previa calificación, que puede llegar a ser de hasta 36 meses contados desde el mes siguiente al de presentación de la solicitud. El procedimiento para obtener la ayuda de alquiler se divide en dos fases, primero hay que solicitar y obtener la calificación del alquiler protegido y posteriormente obtenida ésta, solicitar mensualmente la concesión y pago de las ayudas.

En la primera fase,  se analizan los elementos objetivos y subjetivos del arrendamiento de la vivienda:

  1. Análisis del Contrato de alquiler, que deberá estar sujeto a la LAU de 1994 y recoger una renta no superior a 500€/mes.
  2. Análisis del inquilino y su unidad de convivencia, que deberán acreditar unos ingresos mínimos superiores al importe de la renta del alquiler e inferiores a 3 veces el IPREM referenciado a 14 pagas.

Como resultado de este análisis se califica el alquiler como protegido, si el arrendamiento reúne los requisitos exigidos.

En la segunda fase el titular de la calificación procederá mensualmente, durante el tiempo que se le indique en la calificación, a solicitar la concesión y el pago de la ayuda.

La documentación que deberá de aportarse para solicitar la calificación del contrato de alquiler es la siguiente:

  • Un ejemplar del contrato de arrendamiento sellado por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado). 
  • Anexo III referente a la declaración responsable de ingresos mínimos acreditables de la unidad de convivencia en el momento de la solicitud.
  • Anexo IV referente a la declaración responsable de ingresos máximos de la unidad familiar de aquellos miembros de la misma que no hubieran presentado declaración del IRPF en el año 2017, relativa a los ingresos obtenidos a lo largo del ejercicio fiscal 2016.
  • Anexo V referente a la autorización para recabar datos así como para su tratamiento y cesión del resto de miembros de la unidad de convivencia mayores de edad.
  • Cuando  el  solicitante  o  alguno  de  los  miembros  de  la  unidad  de  convivencia  posea  la  nacionalidad  española  se  deberá  aportar  el  número  del  Documento Nacional de Identidad. En el caso de nacionalidad de algunos de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo,  Suiza  o  el  parentesco  determinado  por  la  normativa  de aplicación,  deberán  aportar  documentación  que  lo  acredite.  En  el caso  de  extranjeros no comunitarios deberán aportar documentación que acredite residencia legal en España (NIE ).
  • En  caso  de  que  el  solicitante  o  alguno  de  los  miembros  de  la  unidad  de  convivencia  sean  propietarios  o  usufructuarios  de  alguna vivienda  en  España  pero  no  dispongan  de  la  misma  por  causa  de  separación  o  divorcio,  uso  o  disfrute  en  régimen  de  condominio  o  por  tratarse de  un  inmueble que no pueda ser destinado, según la normativa urbanística que resulte de aplicación, a un uso de vivienda, acreditación documental de dicha causa.
  • En caso de que el solicitante o alguno de los miembros de la unidad de convivencia pertenezcan a cualquiera de los colectivos de especial protección (Familia monoparental con hijos menores de edad.  Pérdida de la vivienda habitual por Ejecución hipotecaria o dación en pago.  Víctima de violencia de género. Víctima de terrorismo. Víctima de situación catastrófica o que haya ocasionado la total pérdida de la vivienda habitual. Situación de desempleo de todos los miembros de la unidad de convivencia que hayan agotado las prestaciones correspondientes.), acreditación documental de dicha causa.

Una vez obtenida la calificación favorable del contrato, cómo procederemos a presentar la solicitud de concesión y pago de la ayuda:

Una vez obtenida la calificación de alquiler protegido, el titular de la calificación deberá presentar antes del día 10 de cada mes, junto con el modelo de "Solicitud de concesión y pago de la ayuda mensual" debidamente cumplimentado y firmado, justificante original de la imposición o transferencia a través de entidad bancaria, del pago de la renta del alquiler del mes anterior. La primera solicitud de ayuda al alquiler deberá presentarse antes del día 10 del mes siguiente al de la notificación de la concesión de la calificación y podrá comprender todas las mensualidades de renta comprendidas, entre el mes siguiente al de su solicitud de calificación y el de su notificación, ambos incluidos, siendo requisito para su concesión la presentación junto con la solicitud del original de la imposición o transferencia bancaria de pago de los recibos de renta correspondientes.

El justificante de la imposición o transferencia deberá de contener los siguientes datos:

  1. Como concepto de pago, el de la renta del alquiler de la vivienda que figura en el contrato de arrendamiento.
  2. El mes al que se refiere el pago.
  3. El nombre y apellidos de la persona que realiza el pago y de la persona que lo recibe, que necesariamente coincidirán con los titulares del contrato de arrendamiento.

Legislación aplicable: Decreto 4/2018 de 1 febrero por el que se aprueba la concesión de ayudas al pago del alquiler en Cantabria. Puede descargarse el Decreto 4/2018 y el modelo de ANEXO I (solicitud de calificación de alquiler protegido), ANEXO II (solicitud de concesión y pago de la ayuda mensual),  ANEXO III (declaración de ingresos mínimos acreditables de la unidad de convivencia), ANEXO IV (declaración responsable de ingresos obtenidos durante el año 2016) y ANEXO V (Autorización para la consulta y obtención, tratamiento y cesión de información y datos de carácter personal de los miembros de la unidad de convivencia distintos del solicitante)  en nuestra página web;

Fuentes consultadas: http://www.viviendadecantabria.es/ayuda-al-alquiler-ejercicio-2018  y BOC Num. 26 de 6 de febrero (Decreto 4/2018, de 1 de febrero)